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AYUDA
El código postal no existe
Una serie de cambios en las garantías y servicios postventa con el fin de ayudar al consumidor, ampliando el plazo de garantía de los productos, que pasa de 2 a 3 años. Además de eso, se realizan otros cambios que también afectan y explicamos más adelante en una tabla explicativa. El fin de estos cambios es garantizar una mayor protección al consumidor y que las marcas y fabricantes se hagan responsables durante más tiempo de fallos de productos, garantizando y trabajando por una durabilidad mayor.
Resumen de los cambios en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) realizados por el RD-Ley 7/2021, de 27 de abril, para incorporar a nuestro ordenamiento la Directiva (UE) 2019/770 de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales, y la Directiva (UE) 2019/771 de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, si bien el legislador ha aprovechado la transposición de las Directivas para realizar modificaciones en el cuerpo normativo al margen de las normas europeas. Las modificaciones que esta nueva norma introduce en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.
Antes | Ahora | |
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Duración garantía productos: desde la entrega del bien. | 2 años | 3 años |
Duración garantía en el caso de contenidos o servicios digitales desde comienzo servicio. | 1 año | 2 años |
Plazo para reembolsar al consumidor por reducción precio o resolución contrato. | - | 14 días |
Duración garantía reparación | 6 meses | 1 año |
Carga de la prueba: Duración plazo de presunción de que el defecto es de origen (preexistencia de la falta de conformidad), recayendo la prueba en contra en la empresa vendedora. Desde la entrega o suministro. | 6 meses | Productos nuevos: 2 años Bienes de 2ª mano: se puede pactar plazo inferior pero superior a 1 año Servicios digitales: 1 año desde suministro |
Duración plazo prescripción para ejercer medidas correctoras (desde la manifestación de la falta de conformidad) | 3 años | 5 años |
Duración garantía reparación | 6 meses | 1 año |
Duración plazo de prescripción para el ejercicio de la acción de cumplimiento de lo dispuesto en la garantía comercial. | Se elimina este plazo, no prescribe | |
Duración plazo de disponibilidad de piezas de repuesto, desde la fecha en que el producto deje de fabricarse. | 5 años | 10 años |
Duración del plazo para recuperar bienes entregados para reparación (plazo de prescripción). | 3 años | 1 año |
Duración de la acción del comerciante (que repara etc) para repetir contra el fabricante, si el defecto es de origen, desde que se ejecutó la medida correctora. | 1 año |